Auto Supremo AS/0910/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0910/2019

Fecha: 16-Sep-2019

Bajo esa tesitura, si bien la conclusión del periodo de prueba ocurrió el 31 de

Bajo esa tesitura, si bien la conclusión del periodo de prueba ocurrió el 31 de marzo de 2014, ello no implica que a partir de esa fecha empiece a correr el plazo de cuarenta y ocho horas para decretar autos para sentencia, sino que previamente conforme al art. 394.I del Código de Procedimiento Civil abrogado se debía proceder a la entrega del expediente a las partes involucradas en el proceso a fin de que en el plazo de ocho días puedan formular sus conclusiones, tal como hizo constar la juez A quo en la providencia de 31 de marzo de 2014 a fs. 1692 vta., la cual no fue objetada por ninguna de las partes, por el contrario los recurrentes hicieron efectivo la formulación de sus conclusiones mediante memorial 10 de abril de 2014 cursante de fs. 1717 a 1721, por lo tanto resulta incoherente que los recurrentes señalen a fs. 3220 vta., que el decreto de autos para sentencia “…debió ser dictado a más tardar el día tres de abril de dos mil catorce…”