En esa lógica, refiere el actor que la violencia ejercida en su contra radica en
En esa lógica, refiere el actor que la violencia ejercida en su contra radica en que, en reiteradas ocasiones, cuando él se encontraba privado de libertad (por la presunta comisión de los delitos de violencia familiar y violación, iniciadas a instancia de Elva Alfaro Flores), habría sido víctima de presiones y/o amenazas para la suscripción del referido acuerdo, las cuales se resume de la siguiente manera:
-La primera de estas habría acontecido en la visita del abogado de la parte demandada -Silvestre Alaca Ibarra- quien en fecha 18 de febrero de 2017 se habría apersonado ante el demandante para manifestarle que la Sra. Elva Alfaro Flores estaba dispuesta a solucionar el tema de su privación de libertad a cambio de que ceda en su favor, cuatro lotes de terreno ubicados en el Dpto. de Santa Cruz; de manera que si hacia esto, la referida señora dejaría de asistir a las audiencias del juicio penal y con ello dicho proceso concluiría.
-La segunda habría acontecido en fecha 20 de febrero de 2017, en la cual el mismo abogado, se habría dirigido ante el demandante para escuchar la respuesta a la propuesta descrita, a lo que el actor refiere que se negó rotundamente y no aceptó los términos del acuerdo propuesto, generando la molestia del referido abogado y las consecuentes amenazas
-La primera de estas habría acontecido en la visita del abogado de la parte demandada -Silvestre Alaca Ibarra- quien en fecha 18 de febrero de 2017 se habría apersonado ante el demandante para manifestarle que la Sra. Elva Alfaro Flores estaba dispuesta a solucionar el tema de su privación de libertad a cambio de que ceda en su favor, cuatro lotes de terreno ubicados en el Dpto. de Santa Cruz; de manera que si hacia esto, la referida señora dejaría de asistir a las audiencias del juicio penal y con ello dicho proceso concluiría.
-La segunda habría acontecido en fecha 20 de febrero de 2017, en la cual el mismo abogado, se habría dirigido ante el demandante para escuchar la respuesta a la propuesta descrita, a lo que el actor refiere que se negó rotundamente y no aceptó los términos del acuerdo propuesto, generando la molestia del referido abogado y las consecuentes amenazas
- Proceso: Anulabilidad de contrato
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que fue apelada por Ferid Flores Terrazas, mediante el escrito que
- CONSIDERANDO II
- 2
- 1
- 3
- 4
- Respuesta al recurso de casación
- En base a lo manifestado solicita que en aplicación del art
- CONSIDERANDO III
- A tal efecto, entre los diversos principios que rigen a la nulidad procesal, tenemos al
- III.2. Sobre la valoración de la prueba
- La valoración de la prueba para Víctor Roberto Obando Blanco es: “…el juicio de aceptabilidad
- En esa misma lógica, este autor refiriéndose al fin de la prueba señaló: “La averiguación
- De estas acepciones podemos inferir, para el caso en concreto, que en nuestro régimen procesal
- Entendiendo que la sana crítica o prudente criterio, en la fundamentación de la resolución, interesa
- Siendo así que, ante la impugnación de errónea valoración de la prueba (ya sea por
- CONSIDERANDO IV
- Lo acusado en los puntos 1) y 2) del recurso de casación se encuentran orientados
- En efecto, una vez admitida y adherida la copia simple del Testimonio Nº 828/2017 de
- Por consiguiente, no se tiene que sea evidente la errónea e indebida aplicación del art
- En el fondo
- En cuanto al punto 1) del recurso de casación, el recurrente denuncia la infracción de
- Bajo estos criterios, cabe considerar que de acuerdo a lo descrito en la demanda que
- En esa lógica, refiere el actor que la violencia ejercida en su contra radica en
- -La tercera habría sucedido en el mes de abril del mismo año, donde la Sra
- -La cuarta visita acontece en fecha 21 de abril de 2017, donde se hizo presente
- En esa lógica, ingresando al análisis del universo probatorio, en particular de las pruebas aludidas
- En esa misma lógica, cabe señalar que la probanza a fs
- En este punto, cabe desestimar también la alegación recursiva concerniente a que el contrato objeto
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
