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    Auto Supremo AS/0976/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0976/2019

    Fecha: 24-Sep-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Sixto Rosso Hodges
    • Distrito: Cochabamba
    • VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
    • 2
    • Cuando sin justificación técnica alguna haya insertado esos datos para otorgar la transferencia en la
    • CONSIDERANDO II
    • Petitorio
    • Solicitaron la emisión de un Auto Supremo anulando el Auto de Vista impugnado
    • Contestación al recurso de casación
    • No cursa respuesta alguna de la parte contraria
    • III.1. De la nulidad de oficio
    • Conforme a lo establecido en el art
    • Por otra parte, el art
    • El art
    • Así también, acudiendo al derecho comparado, la Sentencia T-264/09 de la Corte Constitucional de Colombia,
    • En este entendido ninguna decisión judicial puede considerarse razonablemente correcta o justa si se funda
    • Asimismo, en el caso de que se genere duda razonable sobre algún hecho o extremo,
    • III.3. De la acción mejor derecho propietario
    • Asimismo, en el Auto Supremo Nº 618/2014 de 30 de octubre, se razonó que:“…sobre dicho
    • Es decir, que para resolver sobre una pretensión de mejor derecho de propiedad el presupuesto
    • CONSIDERANDO IV
    • Durante la etapa probatoria ambas partes adjuntaron como pruebas relevantes: Escritura Pública de trasferencia de
    • En ese contexto, si bien existe amplia jurisprudencia emitida por este Tribunal Supremo de Justicia
    • Sobre este último requisito, es menester señalar que es obligación de los sujetos procesales el
    • Siendo que el Ad quem, ratificó la Sentencia expresando como elemento central que genera desconcierto
    • Por lo expuesto, y toda vez que el Tribunal de alzada, con la finalidad de
    • Consiguientemente, corresponde emitir fallo conforme a lo previsto por los arts
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser excusable
    • De conformidad a lo previsto en el art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.

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