Auto Supremo AS/0976/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0976/2019

Fecha: 24-Sep-2019

Conforme a lo establecido en el art

Conforme a lo establecido en el art. 106 del Código Procesal Civil, el Juez o Tribunal de casación anulará de oficio todo proceso en el que se encontraren infracciones que interesan al orden público, en ese entendido, previamente a emitir una resolución de fondo, corresponde realizar una revisión de oficio del proceso, donde se examinará, si las resoluciones dictadas se fundamentaron, entre otros aspectos, en el principio de eficacia que se encuentra inmerso en el art. 180.I de la Constitución Política del Estado