Bajo ese razonamiento, y toda vez que el reclamo alegado en este apartado está orientado
Bajo ese razonamiento, y toda vez que el reclamo alegado en este apartado está orientado a acusar que el juez de la causa habría quebrantado el procedimiento al haber dado lectura de un Auto interlocutorio, donde concedió la apelación interpuesta contra la resolución que declaró improbadas las excepciones, en el efecto diferido, más no así a atacar el razonamiento vertido en el Auto de Vista, es que este Tribunal se ve imposibilitado de considerar el mismo, toda vez que, como ya se dijo en el párrafo anterior, este medio de impugnación -recurso de casación-, procede para impugnar Autos de vista que, en lo que atinge a las causales de forma, solo procede ante vicios o errores procesales reclamados oportunamente ante la Autoridad judicial y que resulten esenciales para el debido proceso; sin embargo, como el extremo denunciado tampoco fue oportunamente impugnado, pues de la revisión del acta de audiencia preliminar que cursa de fs. 39 a 40, se advierte que la parte demandada, ahora recurrente, contrariamente a impugnar el procedimiento que ahora acusa en casación, lo que hizo fue darse por notificado con la resolución a la cual se dio lectura y advertir que haría uso del recurso de compulsa, lo que significa que convalidó el acto procesal por el cual el juez de la causa simplemente saneó el procedimiento, motivo por el cual lo denunciado en este numeral resulta infundado
- Expediente: LP-131-19-S
- Distrito: La Paz
- Bajo esos antecedentes y tramitada la causa, el Juez Público de Familia Nº 15 de
- 2
- Del medio de impugnación objeto de la presente resolución, se observa que los demandados acusan
- 3
- 4
- 5
- 6
- 7
- Por las razones expuestas solicita se case el Auto de Vista recurrido o alternativamente se
- Respuesta al recurso de casación
- La demandante Irene Marisol Claure Torrez a través de su apoderado legal Luis Fernando Flores
- -Que el Tribunal de Alzada confirmó la sentencia de primera instancia porque entre los fundamentos
- -Que en el acuerdo transaccional no se llegó a ningún arreglo ni se hizo renuncia
- -Que, si bien el recurrente hace alusión a vicios procesales que ameritarían la nulidad de
- En ese entendido, solicita que la impugnación interpuesta por el demandado sea declarado infundado
- En razón a dichos antecedentes diremos que
- III.1. De la comunidad de bienes gananciales
- Con relación a este instituto el art
- Por otra parte, el art
- De estas disposiciones legales se establece que nuestro actual Código de las Familias y del
- Así establecida la comunidad de gananciales como sistema o régimen de orden legal, ciertamente es
- Si bien tiene la característica de irrenunciable, pero esa situación nada impide que los
- Bajo ese razonamiento, si se considera que la distribución de los bienes gananciales es legal,
- III.2. De la valoración de la prueba
- José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que:
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- CONSIDERANDO IV
- 1
- Con relación a lo reclamado corresponde precisar que conforme a una adecuada técnica procesal recursiva
- Bajo ese razonamiento, y toda vez que el reclamo alegado en este apartado está orientado
- Sobre el particular y con la finalidad de lograr una resolución debidamente motivada y fundamentada,
- -El 16 de noviembre de 2017 los sujetos procesales suscribieron un acuerdo transaccional, que en
- -El citado acuerdo transaccional o regulador, conforme reza de la sentencia de divorcio Nº 37/2018
- -El 13 de agosto de 2018, Irene Marisol Claure Torrez, interpone en la vía ordinaria
- De estas consideraciones se tiene que, si bien el acuerdo transaccional de 16 de noviembre
- Ahora bien, sobre la presunción legal de ganancialidad de la cual gozan los bienes adquiridos
- De lo expuesto se colige que al constituirse la presunción de comunidad en una de
- Por las razones expuestas, y toda vez que los reclamos acusados en casación no resultan
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula los honorarios del abogado profesional de la parte demandante en la suma de
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berríos Albizu.
