Entonces, la recurrente, en el transcurso del proceso en primera instancia, nunca planteó el pago
Entonces, la recurrente, en el transcurso del proceso en primera instancia, nunca planteó el pago de mejoras, por lo que no es cierto que en alguna parte del proceso haya vertido estos argumentos a los cuales las autoridades de instancia hubieren hecho caso omiso, en todo caso, fue el A quo, quien le brindó la posibilidad en la audiencia preliminar el 23 de noviembre de 2017 de fs. 465 a 474, de modificar su pretensión y no lo hizo, pues resuelve ratificarse en lo expuesto en el memorial 12 de junio de 2017 a fs. 254 vta., por lo que el pago de mejoras planteado por la recurrente no fue motivo de debate en alguna etapa del proceso en primera instancia, siendo correcta la decisión del Ad quem, de declarar improcedente el recurso de apelación al ser el agravio planteado extemporáneo
- Proceso: Reivindicación
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- CONSIDERANDO III
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- De igual manera, la SC Nº 0486/2010-R de 5 de julio, precisó lo siguiente: "El
- A través del Auto Supremo Nº 304/2016, que a su vez cita el Auto Supremo
- 2.Sobre el principio dispositivo
- El principio dispositivo es reconocido por la doctrina como un principio básico e informador del
- En ese sentido, puede decirse que el principio dispositivo está integrado esencialmente por los siguientes
- Dicho de otra manera, el contenido del principio dispositivo reconoce a las partes el derecho
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- Por otra parte, acusa al Ad quem de haber tenido en cuenta solo una fase
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