Auto Supremo AS/0069/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0069/2020

Fecha: 23-Ene-2020

Concluyó que contarían con el origen dominial, la documentación agraria que ostentan los demandados está

Por lo que, declara probada la demanda de reivindicación a favor de los demandantes, ordenando la restitución de los lotes de terreno.
El Auto de Vista determinó que los demandantes mediante Testimonio de Escritura Pública de compraventa N° 064/2007 de 30 de enero, no acreditaron su derecho propietario haciendo referencia al art. 1544 del CC el cual señala que: “La inscripción no otorga validez a los actos nulos o anulables”, y siendo que los demandados demostraron calidad de coherederos y cuentan con prueba documental de derecho propietario de carácter agrario correspondiente a su abuelo Carlos Heredia que les asiste el derecho propietario y correspondía a la A quo considerar y verificar la titularidad de las tierras agrarias del causante de los demandados.
Aplican el razonamiento del Auto Supremo Nº 207/2016 de 11 de marzo, que explica que la acción de reivindicación adquiere función compleja cuando las partes en conflicto sostienen su derecho propietario, lo que permite hacer un juicio declarativo de mejor derecho de propiedad. En ese entendido se procede a valorar las pruebas para determinar el origen dominial y declarar el mejor derecho propietario.
Concluyó que contarían con el origen dominial, la documentación agraria que ostentan los demandados está a nombre del causante de los demandados, la prueba de los demandantes se considera incompleta en cuanto al origen dominial o tractu sucesivo, otorgándose mayor valor a los documentos de los apelantes, por lo que revoca parcialmente la Sentencia 38/2017 de 11 de agosto, determinando improbada la demanda de reivindicación y dejando sin efecto la restitución de los inmuebles objeto del proceso