Auto Supremo AS/0069/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0069/2020

Fecha: 23-Ene-2020

La Sentencia Nº 38/2017 de 11 de agosto, señala que en la demanda de reivindicación

La Sentencia Nº 38/2017 de 11 de agosto, señala que en la demanda de reivindicación interpuesta por Juan Reynaldo Aramayo Corrales y Fabiola Suzano Rocha contra Francisca Meneses Heredia y Felipe Meneses Heredia, los demandantes demostraron contar con el derecho propietario sobre dos lotes de terreno ubicados en la zona de Pucara, Puntiti Sacaba, provincia Chapare de Cochabamba, la Urbanización Centro Minero del Siglo XX debidamente registrados en Derechos Reales bajo las partidas computarizadas Nº 3.10.1.01.0013933 y 3.10.1.01.0013935 respectivamente adquiridos mediante Testimonio de Escritura Pública de compraventa Nº 064/2007 de 30 de enero refiriendo que Francisca Meneses Heredia y Felipe Meneses Heredia, procedieron apoderarse de los inmuebles construyendo habitaciones precarias de adobe e impidiendo el ingreso, alegando ser coherederos y propietarios de la totalidad de los terrenos por derecho sucesorio inscrito en la partida computarizada de Derechos Reales, sin embargo la misma se trataría de una matrícula no vigente según el informe y certificación emitido por Derechos Reales