Auto Supremo AS/0090-A/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0090-A/2020-RA

Fecha: 25-Ene-2020

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 3/2017 de 19 de enero (fs. 1066 a 1079), el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Héctor Molina Condori, autor y culpable del delito de Cohecho Pasivo Propio, previsto en el art. 145 del Código Penal, imponiendo la pena de cuatro años de reclusión, con costas y reparación de daños regulables en ejecución del fallo.

Contra la mencionada Sentencia, el imputado Héctor Molina Condori (fs. 1085 a 1104), y el Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción (fs. 1231 a 1240), formularon recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 16 de 3 de septiembre de 2018, que declaró improcedentes los recursos interpuestos, manteniendo incólume la Sentencia impugnada.

Por diligencias de 2 (fs. 1372) y 23 de octubre de 2018 (fs. 1415) fueron notificados el imputado Héctor Molina Condori y el Viceministerio de Lucha Contra la Corrupción con el Auto de Vista impugnado, interponiendo los recursos de casación sujetos a análisis, el 9 y 30 de octubre de 2018 respectivamente.

II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN

II.1. Del recurso de casación de Héctor Molina Condori