Auto Supremo AS/0120/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0120/2020-RRC

Fecha: 29-Ene-2020

En ese sentido sus autoridades no establecieron claramente si el vehículo automotor que era objeto


En ese sentido sus autoridades no establecieron claramente si el vehículo automotor que era objeto de nacionalización “es considerado prenda aduanera”, a cuyo efecto se debió establecer si se cumplió con los requisitos para el ingreso a despacho aduanero para establecer que el vehículo presto a nacionalizar fuera prenda aduanera, circunstancia importante para establecer la existencia de los elementos del tipo penal previsto en el “Art. 172 de la ley 1990”, además de referir la consigna de los arts. 13 y 14 de la Ley 1990 (Ley General de Aduanas), de lo que se colige que en el caso concreto, que para establecer si una mercadería constituya en “prensa aduanera” al ingresar al país genera una obligación tributaria en ese sentido debe ingresar a un deposito aduanero, mediante la declaración de mercancía y demás requisitos exigidos por ley, mediante acta de parte de recepción, cumplidas esas formalidades recién ingresa como despacho aduanero bajo la responsabilidad de la administración de la Aduana Nacional hasta la culminación del trámite, teniendo presente el art. 75 de la LGA, 2 y 3 de la Ley 133 de 8 de junio de 2011