El resarcimiento de los daños civiles ocasionados a la administración aduanera por el uso de
El resarcimiento de los daños civiles ocasionados a la administración aduanera por el uso de depósitos aduaneros y otros gastos, así como las costas judiciales.La actualización e intereses de los tributos serán liquidados en el momento del pago de los mismos.Las medidas cautelares reales se mantendrán subsistentes hasta el resarcimiento de los tributos aduaneros y los daños civiles calificados
- Por memorial presentado el 30 de mayo de 2008 de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia de 8 de septiembre de 2004 (fs
- La mencionada Sentencia fue recurrida de apelación por la Gerencia Regional de la Aduana La
- La resolución anterior fue recurrida de casación por la Gerencia Regional de la Aduana La
- Por memorial presentado el 25 de abril de 2019 (fs
- I.1.1. Motivos de los recursos de casación
- La Gerencia Regional de la Aduana La Paz, denunció que el Auto de Vista no
- Por lo expuesto, pide se case el Auto de Vista impugnado y disponga el decomiso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se concluye lo siguiente
- Mediante Resolución 72/2004 de 8 de septiembre, el Juzgado Segundo de Partido de Partido en
- Respecto a los co-procesados declarados rebeldes y contumaces a la ley; Patricia Mireya de Ruiz
- II.2. De la Apelación planteada
- Señala que el camión con Placa de Circulación LCE-333 contenía y transportaba mercadería consistente en:
- El Capítulo IV de la Ley 1990 (Despacho Aduanero) establece los requisitos que se exige
- El camión con placa de circulación LCE-333 ingresó a la Aduana Zona Franca Comercial el
- Los funcionarios Patricia Mireya Deheza de Ruiz, Víctor Alarcón y Jesús Molina Dávalos en su
- La Empresa Trans Alanoca interpuso el incidente de devolución del camión con placa LCE-333, que
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El Auto de Vista de 15 de febrero de 2008 (fs
- Los funcionarios de la Aduana Patricia Mireya Deheza de Ruiz, Jesús Molina y Víctor Alarcón,
- El camión cargado de mercadería no podía ingresar al recinto aduanero sin presentar el MIC/DTA,
- El camión salió del recinto Aduanero Fronterizo el 21 de diciembre de 1999, con otro
- Existe plena prueba contra los funcionarios aduaneros Víctor Alarcón, Patricia Mireya de Ruiz y Jesús
- Dichos extremos no fueron desvirtuados por ningún elemento de prueba que demuestre lo contrario, resultando
- Los únicos que podían beneficiarse de la extinción de la acción eran Vicente Torrico y
- Lo más resaltante del fallo es que se absuelve a Patricia Mireya Deheza de Ruiz
- En cuanto a la pena a imponerse si bien la pena máxima para el delito
- En la parte resolutiva de la resolución de manera expresa se dejó subsistente la extinción
- La entidad recurrente, Gerencia Regional de la Aduana La Paz, en su recurso de casación,
- III.1. El recurso de casación en el Código de Procedimiento Penal de 1972
- El art
- Por otra parte, los requisitos que otorgan viabilidad al recurso de casación se encuentran prescritos
- Asimismo, el art
- Consecuentemente, de las normas legales glosadas precedentemente se concluye que, a efectos de la procedencia
- ARTICULO 71º.- (DECOMISO)
- La comisión de un delito lleva aparejada la pérdida de los instrumentos con que se
- También podrán pasar eventualmente a propiedad del Estado
- Ley 1990 vigente a la fecha de supuesta comisión de los hechos delictivos
- Artículo 167°.- El contrabando será sancionado con las siguientes penas
- Artículo 234°.- Cuando la sentencia sea condenatoria, el Tribunal Aduanero de Sentencia impondrá, cuando corresponda
- El comiso definitivo de las mercancías a favor del Estado, cuando corresponda
- El comiso definitivo de los medios y unidades de transporte, por el valor equivalente a
- La multa
- Las sanciones administrativas
- La obligación de pagar en suma líquida y exigible, por concepto de los tributos aduaneros
- El resarcimiento de los daños civiles ocasionados a la administración aduanera por el uso de
- III.3. La extinción de la acción penal
- Es necesaria la consideración de la extinción de la acción penal, a los efectos de
- Conforme dispone la parte final de las disposiciones transitorias del Ley 1970, las causas en
- “Segunda
- En ese contexto, la cláusula Tercera de las Disposiciones transitorias de la Ley 2492, que
- De acuerdo con los arts
- Conforme lo dispone el art
- Además, el art
- III.4. Análisis del caso concreto
- Mediante memorial presentado el 22 de marzo de 2004 (639), la Gerencia Regional de la
- La Gerencia Regional de la Aduana La Paz, interpuso recurso de apelación contra de la
- Para resolver el agravio traído a consideración de esta Sala, es necesario recordar que la
- Si bien en el caso, no es claro el procedimiento utilizado, lo
- Ahora bien, el motivo del recurso de casación que se analiza denuncia que el Auto
- En cuanto a los recursos existentes para impugnar las resoluciones que resuelvan excepciones, la misma
- En el segundo caso, es decir, cuando se rechace la excepción planteada, y se causa
- Consecuentemente, al momento de resolver en la audiencia de juicio las excepciones o incidentes, será
- De lo anotado se concluye que en el juicio oral no es posible interponer el
- En el caso, el proceso penal se sustanció conforme las normas del CPP72; sin embargo,
- Sin embargo, ello no implica que la determinación asumida sobre la extinción y sus emergencias
- Por tanto, conforme al razonamiento desarrollado, el recurso de casación interpuesto, es infundado, correspondiendo devolver
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
