Auto Supremo AS/0123/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0123/2020-RRC

Fecha: 29-Ene-2020

“Segunda

“Segunda.- (Aplicación anticipada). No obstante, lo dispuesto en la primera disposición final entrarán en vigencia los artículos 19 y 20 al momento de la publicación del presente Código y, un año después las siguientes disposiciones:
2) Los artículos 21, 22, 23, 24, 25, 29, 30, 31, 32 y 33 del Título II del Libro I referentes a las salidas alternativas y a la prescripción de la acción penal”.
b) La prescripción de la acción
Vista desde el régimen procesal es la cesación de la potestad punitiva del Estado o ejercida por particulares en las situaciones que por Ley así corresponda, en estos casos, el estado declina el ejercicio de esa potestad y el derecho de aplicar una determinada pena, o hacer ejecutar la pena ya impuesta en un caso concreto, lo que tiene su origen en la necesidad de respetar el principio de seguridad jurídica de las personas.
De la lectura del art. 27 del CPP reconoce, entre otros motivos, la prescripción como causa de extinción de la acción