Por Auto Supremo 763/2019 de 10 de septiembre, la Sala, en juicio de admisibilidad, flexibilizando
I.2 Motivos del recurso
Por Auto Supremo 763/2019 de 10 de septiembre, la Sala, en juicio de admisibilidad, flexibilizando los requisitos procesales inmersos en el art. 417 del Código de Procedimiento Penal (CPP) abrió su competencia de forma extraordinaria con el fin de verificar la denuncia de vulneración de derechos y garantías constitucionales, como efecto de que –como asegura el recurso- el Auto de Vista 50”A”/2019 de 29 de mayo, que resolvió el recurso de apelación restringida, incurrió en incongruencia omisiva generando indefensión, al no haber contrastado la Sentencia y la doctrina legal contenida en el Auto Supremo 568/2015-RRC, y no determinar si el documento objeto de la Litis era público o privado
- Por memorial presentado el 27 de junio de 2019, cursante de fs
- a) Por Sentencia 45/2018 de 16 de marzo (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Santos Flores Tito (fs
- Por Auto Supremo 763/2019 de 10 de septiembre, la Sala, en juicio de admisibilidad, flexibilizando
- El señor Santos Titto solicitó la revocatoria del Auto de Vista 50 “A”/2019 de 29
- Realizados los trámites concernientes al juicio oral y llevado a cabo éste el citado Tribunal
- Santos Flores Titto, opuso apelación restringida a través de escrito saliente de fs
- Efectuadas las diligencias de ley, los antecedentes del recurso fueron puestos a conocimiento del Tribunal
- Previa realización de audiencia de fundamentación oral del recurso (fs
- Al planteamiento opuesto por Santos Flores Titto, en el marco del art
- El señor Flores Titto sostiene que si bien la Sentencia concluyó que fue él quien
- Considera la Sala: Cuando el art
- En la orilla de regulaciones sobre actividad probatoria, nuestro ordenamiento jurídico se rige a partir
- “brindar información necesaria que posibilite identificar cuál o cuáles de las reglas del recto entendimiento
- La glosa que antecede, si bien constituye parte del conglomerado de factores mínimos estimados por
- Finalmente la Sala, pone de manifiesto que la labor de revisión reconocida a los tribunales
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
