Por memorial presentado el 27 de junio de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO N° 125/2020-RRC
Sucre, 29 de enero de 2020
Expediente : La Paz 95/2019
Parte acusadora : Ministerio Público y otros
Parte imputada : Santos Flores Tito
Delito : Falsedad Material y otros
Magistrado relator : Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de junio de 2019, cursante de fs. 821 a 823 vta., Santos Flores Tito, interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista 50 “A”/2019 de 29 de mayo de fs. 792 a 800, y la providencia de 11 de junio del mismo año que complementó al primero, ambos pronunciados por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz dentro del proceso penal seguido contra el recurrente por el Ministerio Público y Benigno Encinas Blanco por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica, Falsificación de Documento Privado y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199, 200 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO N° 125/2020-RRC
Sucre, 29 de enero de 2020
Expediente : La Paz 95/2019
Parte acusadora : Ministerio Público y otros
Parte imputada : Santos Flores Tito
Delito : Falsedad Material y otros
Magistrado relator : Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de junio de 2019, cursante de fs. 821 a 823 vta., Santos Flores Tito, interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista 50 “A”/2019 de 29 de mayo de fs. 792 a 800, y la providencia de 11 de junio del mismo año que complementó al primero, ambos pronunciados por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz dentro del proceso penal seguido contra el recurrente por el Ministerio Público y Benigno Encinas Blanco por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica, Falsificación de Documento Privado y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199, 200 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 27 de junio de 2019, cursante de fs
- a) Por Sentencia 45/2018 de 16 de marzo (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Santos Flores Tito (fs
- Por Auto Supremo 763/2019 de 10 de septiembre, la Sala, en juicio de admisibilidad, flexibilizando
- El señor Santos Titto solicitó la revocatoria del Auto de Vista 50 “A”/2019 de 29
- Realizados los trámites concernientes al juicio oral y llevado a cabo éste el citado Tribunal
- Santos Flores Titto, opuso apelación restringida a través de escrito saliente de fs
- Efectuadas las diligencias de ley, los antecedentes del recurso fueron puestos a conocimiento del Tribunal
- Previa realización de audiencia de fundamentación oral del recurso (fs
- Al planteamiento opuesto por Santos Flores Titto, en el marco del art
- El señor Flores Titto sostiene que si bien la Sentencia concluyó que fue él quien
- Considera la Sala: Cuando el art
- En la orilla de regulaciones sobre actividad probatoria, nuestro ordenamiento jurídico se rige a partir
- “brindar información necesaria que posibilite identificar cuál o cuáles de las reglas del recto entendimiento
- La glosa que antecede, si bien constituye parte del conglomerado de factores mínimos estimados por
- Finalmente la Sala, pone de manifiesto que la labor de revisión reconocida a los tribunales
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
