Auto Supremo AS/0423/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0423/2020

Fecha: 06-Oct-2020

las reglas de la sana crítica o prudente criterio, salvo que la Ley disponga expresamente

El art. 145. II) del Código Procesal Civil señala: “Las pruebas se apreciarán en conjunto tomando en cuenta la individualidad de cada una de las producidas y de acuerdo con
las reglas de la sana crítica o prudente criterio, salvo que la Ley disponga expresamente una regla de apreciación distinta”