Auto Supremo AS/0527/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0527/2020

Fecha: 06-Nov-2020

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2. Resolución de primera instancia que fue apelada por la parte demandante mediante escrito de fs. 603 a 609 vta., a cuyo efecto la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 130/2020 de 20 de marzo, cursante de fs. 719 a 723 vta., que CONFIRMÓ la sentencia impugnada, bajo los siguientes fundamentos:
Si bien una demanda puede ser ampliada o modificada debe hacerse hasta antes de la contestación a la misma, en tanto pueden alegarse hechos nuevos guardando estrecha relación con la alegación principal, debiendo ser ellos posteriores a la interposición de la demanda, por ello es que no fue posible atender la pretensión de falsedad por no haber sido incorporada en el momento procesal oportuno, operándose la preclusión de actos, en tal situación no existió vulneración al debido proceso, más aun si el reclamo de la apelación es con referencia a la falsificación de la declaratoria de herederos tramitada en el Juzgado Primero de Instrucción Civil y que habría sido utilizada en la falsificación de la E.P. Nº 920/90, la cual tampoco fue incorporada debidamente al proceso en el momento oportuno