Auto Supremo AS/0527/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0527/2020

Fecha: 06-Nov-2020

Expresó también que si bien el Juez respecto a la nulidad hizo una diferencia entre

Expresó también que si bien el Juez respecto a la nulidad hizo una diferencia entre contrato, minuta, escritura pública, protocolo y testimonio, estableció que la nulidad invocada en la pretensión está dirigida a las Escrituras Públicas Nº 922, 384 y 964 y no a los contratos de las mismas, no obstante efectuó un análisis y fundamentó sobre la ilicitud de la causa y motivo que impulsó a las partes a celebrar el contrato contenidas en el art. 549 num. 3) del Código Civil, enmarcándose así la Sentencia en los hechos alegados en la demanda de acuerdo a la calificación del objeto del proceso