Auto Supremo AS/0633/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0633/2020

Fecha: 03-Dic-2020

En mérito a la resolución a dictarse, corresponde desarrollar la doctrina aplicable

La parte demandante contestó el recurso de casación manifestando que el recurrente se limita a cuestionar de manera genérica una supuesta negativa a un medio probatorio y pretender justificar una litispendencia inexistente, sin especificar medios probatorios, ni señalar si el error fuera de hecho o de derecho y cual fuera la forma de su reparación.
El recurrente no presenta una exposición fundamentada que demuestre con claridad la infracción de la ley; es decir, que el Auto de Vista contuviera violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley o la misma contuviera disposiciones contradictorias; en síntesis existe ausencia de especificación fundamentada de expresar con la debida argumentación en qué consiste la violación, infracción, quebrantamiento o error, lo que determina la improcedencia del infundado e impreciso recurso de casación en el fondo, por su absoluta carencia de motivación y fundamentación, puesto que no se observa violación de norma legal alguna, correspondiendo en consecuencia declarar infundado el recurso de casación en el fondo.
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
En mérito a la resolución a dictarse, corresponde desarrollar la doctrina aplicable