Auto Supremo AS/0649/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0649/2020

Fecha: 04-Dic-2020

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2. Resolución de primera instancia que alcanzó la interposición del recurso de apelación del demandante mediante memorial cursante de fs. 218 a 221 vta., a tal efecto, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de justicia de Cochabamba emitió el Auto de Vista REG/S.CII/SEN.077 de 22 de julio de 2020, cursante de fs. 250 a 255, por el que CONFIRMÓ la Sentencia N° 103/2017 de 14 de agosto, determinación asumida en función a los siguientes argumentos:
Corresponde al apelante demostrar que la venta realizada era una simulada bajo las reglas y elementos constitutivos de esa figura jurídica y no limitarse a acusar que el precio consignado en el documento es diferente al acordado, ya que si bien demuestra este hecho, pero no es un elemento para demostrar la simulación del contrato, ya que el elemento probatorio determinante es el contradocumento u otra documental que permita describir que el acto fue simulado como exige el art. 545.1 I del Código Civil, prueba ausente e inexistente en el proceso, lo que torna inviable su pretensión. Además, el demandante no aparejó documento que acredite que el negocio efectuado entre su mandante y hermanastro fue ficto o con la finalidad de engañar a terceros, al contrario, en la prueba de fs. 63 a 72 consistente en contratos de arrendamiento, el demandante reconoce la titularidad del demandado sobre el inmueble objeto de litis