Auto Supremo AS/0649/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0649/2020

Fecha: 04-Dic-2020

Tomando en cuenta que el primer problema jurídico a estudiar decanta en observar los tipos

Antes de iniciar cualquier estudio, es preciso enfocar los problemas jurídicos a ser debatidos, conforme se expresó y delineó en la jurisprudencia emitida por este Tribunal, para absolver de manera precisa lo controvertido, es necesario que contengan los siguientes requisitos- los hechos que le generen agravio, la pretensión intentada por la recurrente y la norma jurídica erróneamente valorada o el error en la valoración probatoria ya sea de hecho o derecho-. 
Lo expresado nos permite enfocar el siguiente problema jurídico (1)¿En el presente caso el demandante dentro del documento que pretende la nulidad por simulación tiene la calidad de tercero o no?, sin embargo antes del ingresar a su estudio, lo cuestionado nos inclina a preliminarmente absolver las siguientes dudas: (2) ¿Con qué elementos probatorios se acredita la simulación entre partes y terceros, y el por qué de esta distinción? y (3)¿Los herederos son considerados dentro de una relación contractual terceros o no?, entonces por pedagogía jurídica, de inicio absolveremos las últimas dos interrogantes (2 y 3), que nos darán pie a dilucidar el problema principal.
Tomando en cuenta que el primer problema jurídico a estudiar decanta en observar los tipos de valoración probatoria ateniente a una simulación, es menester realizar algunas precisiones como definir cuáles son los métodos de valoración probatoria asimilados por la materia