El recurso de casación en el fondo de fs
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por el Club The Strongest, de fs. 616 a 617 vta., la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista N° 23/2019 de 29 de marzo, cursante de fs. 738 a 745 vta., confirma en parte la Sentencia N° 075/2016, únicamente en lo referido al pago de aguinaldo y se CONFIRMA en lo demás, debiendo el Club The Strongest cancelar la suma de $us. 58.887,56.
I.2 Motivos de los recursos de casación
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 754 a 758, interpuesto por el Club The Strongest., y el recurso de casación de fs. 772 a 783 vta., planteado por Sebastian Ignacio Gonzales Valdes, manifestando, en síntesis:
El recurso de casación en el fondo de fs. 754 a 758, interpuesto por el Club The Strongest, señala:
El Auto de Vista N° 23/2019 de 29 de marzo, violó flagrantemente el debido proceso conforme el art. 115 parágrafo II de la Constitución Política el Estado, Resolución que declara improcedentes los fundamentos expuestos en la apelación interpuesta por el Club The Strongest
En grado de apelación deducida por el Club The Strongest, de fs. 616 a 617 vta., la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista N° 23/2019 de 29 de marzo, cursante de fs. 738 a 745 vta., confirma en parte la Sentencia N° 075/2016, únicamente en lo referido al pago de aguinaldo y se CONFIRMA en lo demás, debiendo el Club The Strongest cancelar la suma de $us. 58.887,56.
I.2 Motivos de los recursos de casación
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 754 a 758, interpuesto por el Club The Strongest., y el recurso de casación de fs. 772 a 783 vta., planteado por Sebastian Ignacio Gonzales Valdes, manifestando, en síntesis:
El recurso de casación en el fondo de fs. 754 a 758, interpuesto por el Club The Strongest, señala:
El Auto de Vista N° 23/2019 de 29 de marzo, violó flagrantemente el debido proceso conforme el art. 115 parágrafo II de la Constitución Política el Estado, Resolución que declara improcedentes los fundamentos expuestos en la apelación interpuesta por el Club The Strongest
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- I. 1. Antecedentes del proceso
- Que, tramitado el proceso laboral, la Juez 8vo de Trabajo y Seguridad Social de la
- El recurso de casación en el fondo de fs
- El art
- Si bien el contrato deportivo de trabajo suscrito por el demandante y el Club demandado,
- De lo que llegamos a la conclusión que, el sueldo que recibía el demandante es
- El Club The Strongest presentó en calidad de prueba literal de reciente obtención, las planillas
- En mérito a lo expuesto, vemos que se ha vulnerado el art
- Solicitó al Tribunal Supremo CASE el Auto de Vista recurrido
- Recurso de casación en el fondo de fs
- En ese entendido, el Anexo III del DS 27779 es INAPLICABLE por imperio de la
- Del fundamento expuesto precedentemente, vemos que el auto de vista vulneró el derecho a la
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- Resolviendo el recurso de casación de fs
- El salario como elemento integrante de la relación laboral se define como la retribución que
- De lo mencionado anteriormente, sobre el promedio salario indemnizable, al demostrarse mediante un contrato escrito
- Resolviendo el recurso de casación adjunto de fs
- El fundamento principal del recurso que se analiza, está referido a que supuestamente el actor
- En ese entendido, lo medular del recurso gira en torno al argumento del demandante que
- Toda vez que, este extremo con el fundamento de que la ausencia de pago de
- Que, en ese marco legal, se concluye que el auto de vista impugnado, se ajusta
- POR TANTO: La Sala Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
