Auto Supremo AS/0185/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0185/2020-RRC

Fecha: 17-Feb-2020

Por otro lado, respecto a la aplicación que pretendía, el apelante luego de indicar confusamente


Por otro lado, respecto a la aplicación que pretendía, el apelante luego de indicar confusamente que no se habría cumplido con lo previsto por el art. 173 del CPP, debido a que la prueba MP-D2 con relación a las pruebas MP-PD3 y MP-PD6, testificales de Ana Gabriela Fernández, no habrían sido valoradas conforme a la sana crítica desde su vertiente experiencia vulnerándose la garantía del debido proceso, en su elemento legalidad. Argumenta que la aplicación que pretende al estar ante una defectuosa valoración de la prueba no siendo posible su reparación por el Tribunal de alzada corresponde que la sentencia sea anulada en su totalidad y se disponga la reposición por otro Tribunal, no explicando el apelante cómo pretende que se aplique la norma que considera no cumplida art. 173 del CPP, tampoco indica la parte de la Sentencia en la que consta ese agravio, expresando el error lógico jurídico, proporcionando la solución que pretende en base a un análisis lógico explícito, por lo que se tiene que el apelante no ha subsanado las observaciones realizadas, por lo que se rechaza ese motivo, conforme establece el art. 399 del CPP