La Jueza de Partido Segunda de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija,
La Jueza de Partido Segunda de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, por Auto de 21 de agosto de 2014 de fs. 292 vta., admite la demanda y corre traslado a la parte contraria, quien por escrito de fs. 448 a 467, contesta en forma negativa la demanda
- I.1.Antecedentes del proceso
- Roxana Silvia Delgado Fernández, en su calidad de ex trabajadora de la Caja Petrolera de
- La Jueza de Partido Segunda de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija,
- Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia de 2 de abril de 2015, cursante
- I.2. Auto de Vista
- I.3 Motivos del recurso de casación
- I
- Acusó que la Resolución de vista, no realiza una contrastación de los agravios con lo
- Reitera que el Tribunal Ad quem, infringió el art
- Concluyó el memorial del recurso, solicitando se anule el Auto de Vista N° 25/2019 de
- II.1.1. Consideraciones previas
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- II
- Que, de conformidad con la amplia jurisprudencia nacional, que fue desarrollada sobre la base de
- También se debe tener presente que la doctrina y la jurisprudencia emitida por la Corte
- En relación a la vulneración acusada sobre la falta de fundamentación y motivación del Auto
- Al respecto, el debido proceso, fue concebido por la jurisprudencia constitucional como el derecho de
- Por otro lado, la SC 0012/2006-R de 4 de enero, respecto a la motivación de
- En ese marco, se debe tener presente que la recurrente en memorial de apelación cursante
- Asimismo, con relación a la incongruencia alegada en apelación y sobre la manifiesta incongruencia de
- En ese contexto, examinada el recurso de apelación interpuesto por la recurrente, denuncia la falta
- Continuando con lo precedentemente señalado, cabe recordar a la recurrente, que el juzgador en materia
- De igual manera, siendo que en el proceso de apreciación y valoración, el Juez no
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
