Auto Supremo AS/0122/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2020

Fecha: 10-Mar-2020

Aclaro que si bien el art

Aclaro que si bien el art. 48.IV de la CPE, establece la imprescriptibilidad del derechos laborales; sin embargo la caducidad y la prescripción, no son normas e institutos jurídicos distintos el uno del otro, regulados por los arts. 1486 y sgtes. del Código Civil, para el caso de la Prescripción; y arts. 1514 y Sgtes., del mismo Código Civil, para el tema de la Caducidad