En conocimiento del citado auto de vista, la parte perdidosa interpuso recurso de casación en
En conocimiento del citado auto de vista, la parte perdidosa interpuso recurso de casación en el fondo, arguyendo errónea interpretación del art. 3, núm. 4 del Reglamento de Asignaciones Familiares, aprobado por R.M. No. 1676 de 22 de noviembre de 2011, por cuanto, tanto en sentencia como en el auto de vista existe contradicción al condenar al pago de Bs. 24.000 por concepto de asignaciones familiares-lactancia, cuando en sentencia se reconoció que durante la gestión 2017, la demandante trabajó solamente medio tiempo de 14:00 a 18:00, correspondiendo condenar al subsidio de lactancia, únicamente por medio tiempo y no así por tiempo completo; de igual forma, sostuvo que en apelación al confirmar la sentencia de primera instancia se interpretó y aplicó erróneamente el artículo antes indicado, al referir que la empleadora tiene la obligación de cumplir con la ley otorgándole el seguro médico a favor de la actora, afirmación falsa, cambiando el concepto por el cual de determinó el pago de los Bs. 24.000
- I.1.1- SENTENCIA
- En grado de apelación formulado por Evelin Morales Miranda, a fs
- El citado fallo, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Sostuvo además que, en el punto HECHOS PROBADOS de la SENTENCIA, la juez concluyó: “…segundo
- Que, en base a lo citado precedentemente, al dictar el auto de vista y confirmar
- I.2.2.- Petitorio
- De la revisión de antecedentes, se advierte que la parte demandante fue debidamente notificada con
- El recurso de casación en el fondo planteado por Evelin Morales Miranda, de fs
- CONSIDERANDO II
- Encontrándose así formulado el recurso de casación en el fondo, de la revisión de antecedentes,
- Así también, el Decreto Supremo Nº 21637 de 25 de junio de 1987, modificado por
- En ese orden de ideas, es pertinente también mencionar que a partir del art
- Es así, que el citado art
- Dentro del proceso social, se ha instituido como reglas constitucionales los principios de protección de
- Los criterios descritos en torno al derecho al trabajo y la estabilidad laboral se encuentran
- De acuerdo a la legislación vigente y la jurisprudencia emitida por este Tribunal, se ha
- En el caso de autos y de la revisión de antecedentes, se puede colegir que
- Demanda que fue declarada probada en parte, mediante Sentencia de 17 de junio de 2019,
- En conocimiento del citado auto de vista, la parte perdidosa interpuso recurso de casación en
- Así los hechos y de la revisión del expediente, este Tribunal ha podido advertir que
- Por otra parte, es viable el pago en dinero del subsidio de lactancia, dispuesto por
- Finalmente, y en base a los antecedentes y fundamentos expresados, al no haber incurrido el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
