Concluyó el memorial solicitando que este Tribunal Supremo, “CONCEDA EL PRESENTE RECURSO DE CASACION” contra
4. Expresó que existió un apartamiento de los marcos legales de razonabilidad e igualdad en la valoración de la prueba presentada; para lo cual mencionó las Sentencias Constitucionales (SC) N° 0873/2004-R y 0106/2005-R., consecuentemente, el Auto de Vista omitió la motivación de la resolución, suprimiendo una estructura de la misma tomando una decisión de hecho y no de derecho, aspecto que vulnera el debido proceso; a ese fin citó las SC N° 0200/2014 de 30 de enero, N° 072/2002 R de 25 de junio y N° 0426/2013 de 03 de abril.
Petitorio
Concluyó el memorial solicitando que este Tribunal Supremo, “CONCEDA EL PRESENTE RECURSO DE CASACION” contra el Auto de Vista Nº 146/2018 deliberando en el fondo, aplicando e interpretando en su verdadero espíritu la normativa laboral citada
Petitorio
Concluyó el memorial solicitando que este Tribunal Supremo, “CONCEDA EL PRESENTE RECURSO DE CASACION” contra el Auto de Vista Nº 146/2018 deliberando en el fondo, aplicando e interpretando en su verdadero espíritu la normativa laboral citada
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de Apelación, promovido por la Empresa “FIBRACON S
- El recurrente afirmó que existe vulneración de sus derechos, señalando así la normativa transgredida art
- 2
- 3
- Concluyó el memorial solicitando que este Tribunal Supremo, “CONCEDA EL PRESENTE RECURSO DE CASACION” contra
- Solicitó se tenga presente la contestación al recurso de casación interpuesto
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS y DOCTRINALES DEL FALLO
- Al 2
- En relación a que la documental presentada por el demandante fueran adulteradas y falsas; al
- Conforme lo descrito, de obrados se advierte que, no cursa la prueba antes señalada (planillas
- Al 3
- Sobre el principio de congruencia, la Sentencia Constitucional (SC) 0486/2010-R de 5 de julio, estableció:
- En mérito a los argumentos señalados, corresponde a este Tribunal Supremo, aplicar lo establecido por
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
