Petitorio
3.- Falta de fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso: señala que, el Auto de Vista impugnado carece de la debida fundamentación y motivación, conforme señala la jurisprudencia; a ese fin, citó la SCP N° 0233/2014-S2 de 5 de diciembre y el AS N° 19 de 24 de febrero de 2017, los que demuestran la carente fundamentación y motivación al haberse realizado una interpretación errónea, basado en normas inaplicables e interpretación equivocada de la ley.
Petitorio:
En ese sentido, solicitó se case el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo se declare improbada la demanda de fs. 83 a 84 subsanada a fs. 87 y 88. Contestación al recurso
Petitorio:
En ese sentido, solicitó se case el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo se declare improbada la demanda de fs. 83 a 84 subsanada a fs. 87 y 88. Contestación al recurso
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra el Auto de Vista la empresa demandada formuló recurso de casación en el fondo,
- 2
- Que de la lectura de dicho artículo, condiciona la inamovilidad laboral de los discapacitados; en
- En relación al fundamento sobre la estabilidad laboral del personal de confianza como es el
- Petitorio
- 3
- Auto de Admisión del recurso
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y DOCTRINALES DEL FALLO
- Los criterios en torno al derecho al trabajo y la estabilidad laboral se encuentran previstos
- El parágrafo III del art
- Este Convenio en su art
- Para que un despido pueda ser calificado como justificado dentro del espectro que la legislación
- La jurisprudencia constitucional citada de igual manera, estableció una diferencia entre estabilidad absoluta y relativa,
- En ese contexto, se infiere que a partir del modelo de estado constitucional social de
- Del principio de verdad material
- Análisis del caso en concreto
- Al 1 y 2
- En ese razonamiento, una de las obligaciones de los administradores de justicia, como los de
- Sin embargo, con el fin de aclarar al recurrente lo referente a la inamovilidad laboral
- Independiente de lo señalado, corresponde establecer lo siguiente: De los antecedentes, se tiene que Carlos
- De la lectura integra de los dos oficios señalados, estos establecen el preaviso dispuesto por
- En ese entendido, del contenido íntegro del Memorándum YPS-GG-072/2013, se advierte que no establece el
- En relación a la aplicación de jurisprudencia que fueron emitidas con posterioridad al despido, por
- Al 3
- En base al marco normativo y doctrina descrita, se llega a la conclusión que, el
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
