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    Auto Supremo AS/0218/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0218/2020

    Fecha: 19-Mar-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Expediente: SC-20-20-S
    • Partes: Roxana Rodríguez Patiño c/ Pedro Caba Tarija y Petrona Pérez de Caba
    • Proceso: Usucapión decenal
    • Distrito: Santa Cruz
    • CONSIDERANDO I
    • Fallo de segunda instancia que, puesta en conocimiento de las partes, ameritó que la demandante
    • CONSIDERANDO II
    • Por lo expuesto solicitó se emita Auto Supremo casando el Auto de Vista recurrido
    • De la respuesta al recurso de casación
    • La parte demandada contestó que el recurso de acuerdo a la jurisprudencia sentada por el
    • CONSIDERANDO III
    • III.1. De la verdad material
    • Sobre dicho principio este Supremo Tribunal de Justicia orientó en sus diversos fallos como el
    • En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso
    • Así también el Auto Supremo Nº 225/2015 al respecto expresó que: “Para resolver el fondo del
    • Por otra parte, la Sentencia Constitucional 0713/2010-R de 26 de julio al respecto ha establecido
    • El ajustarse a la verdad material, genera la primacía de la realidad de los hechos
    • III.2. Sobre el principio de comunidad de la prueba
    • Con relación al principio de comunidad de la prueba el Auto Supremo Nº 184/2015 de
    • CONSIDERANDO IV
    • Por otra parte, sostiene que el Auto de Vista no tomó en cuenta el art
    • Al respecto el art
    • Consiguientemente no se observa violación a los arts
    • 2
    • De esa premisa fáctica corresponde a este Tribunal de casación verificar si lo referido por
    • En ese entendido, de la lectura de la demanda, la actora sostiene que está en
    • En ese contexto se pasa a examinar el elenco probatorio arrimado al proceso para determinar
    • En ese sentido se tiene la inspección judicial de fs
    • De la misma forma se evidencia la certificación a fs
    • Por todo lo expuesto, en aplicación de lo establecido en el arts
    • Por lo expuesto, y toda vez que los reclamos acusados en el recurso de casación
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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