CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Acusó que el Tribunal de alzada no compulsó los antecedentes del proceso y violó el art. 5 del Código Procesal Civil, de la misma manera no tomó en cuenta los arts. 90, 125 y 234 del mismo cuerpo legal. Tampoco consideró las pruebas aportadas al proceso con las cuales se demostró que Petrona Pérez no tiene ningún derecho propietario sobre el lote motivo de juicio, al contrario, el propietario es otra persona. En ese entendido el Auto de Vista es ilegal y viola las disposiciones sustantivas y adjetivas citadas
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Acusó que el Tribunal de alzada no compulsó los antecedentes del proceso y violó el art. 5 del Código Procesal Civil, de la misma manera no tomó en cuenta los arts. 90, 125 y 234 del mismo cuerpo legal. Tampoco consideró las pruebas aportadas al proceso con las cuales se demostró que Petrona Pérez no tiene ningún derecho propietario sobre el lote motivo de juicio, al contrario, el propietario es otra persona. En ese entendido el Auto de Vista es ilegal y viola las disposiciones sustantivas y adjetivas citadas
- Expediente: SC-20-20-S
- Partes: Roxana Rodríguez Patiño c/ Pedro Caba Tarija y Petrona Pérez de Caba
- Proceso: Usucapión decenal
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- Fallo de segunda instancia que, puesta en conocimiento de las partes, ameritó que la demandante
- CONSIDERANDO II
- Por lo expuesto solicitó se emita Auto Supremo casando el Auto de Vista recurrido
- De la respuesta al recurso de casación
- La parte demandada contestó que el recurso de acuerdo a la jurisprudencia sentada por el
- CONSIDERANDO III
- III.1. De la verdad material
- Sobre dicho principio este Supremo Tribunal de Justicia orientó en sus diversos fallos como el
- En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso
- Así también el Auto Supremo Nº 225/2015 al respecto expresó que: “Para resolver el fondo del
- Por otra parte, la Sentencia Constitucional 0713/2010-R de 26 de julio al respecto ha establecido
- El ajustarse a la verdad material, genera la primacía de la realidad de los hechos
- III.2. Sobre el principio de comunidad de la prueba
- Con relación al principio de comunidad de la prueba el Auto Supremo Nº 184/2015 de
- CONSIDERANDO IV
- Por otra parte, sostiene que el Auto de Vista no tomó en cuenta el art
- Al respecto el art
- Consiguientemente no se observa violación a los arts
- 2
- De esa premisa fáctica corresponde a este Tribunal de casación verificar si lo referido por
- En ese entendido, de la lectura de la demanda, la actora sostiene que está en
- En ese contexto se pasa a examinar el elenco probatorio arrimado al proceso para determinar
- En ese sentido se tiene la inspección judicial de fs
- De la misma forma se evidencia la certificación a fs
- Por todo lo expuesto, en aplicación de lo establecido en el arts
- Por lo expuesto, y toda vez que los reclamos acusados en el recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
