Auto Supremo AS/0226/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0226/2020

Fecha: 19-Mar-2020

CONSIDERANDO II

CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU CONTESTACIÓN
1. Aduce la inexistencia de cosa juzgada, por ausencia de identidad en la cosa demandada, que si bien en una anterior oportunidad demandó la anulabilidad de varios actos jurídicos por vicios del consentimiento, como ser presión en la actitud dolosa para la suscripción de un préstamo de dinero, empero ahora demanda la nulidad de un solo acto de compra y venta por falsificación de firma del actor, no existiendo identidad de la cosa demandada, concurriendo errónea interpretación de la ley y valoración de los medios probatorios, al existir marcada diferencia entre nulidad y anulabilidad del acto jurídico, resultando pretensiones totalmente diferentes. Para refrendar su reclamo invoca una serie de precedentes jurisprudenciales vinculados a la cosa juzgada.
2. Expresa la inexistencia de identidad de causa, porque antes se debatió una demanda de anulabilidad y no nulidad, si bien ambas buscan la invalidez del acto jurídico cada una se origina en presupuestos totalmente distintos, porque en el anterior proceso se planteó una anulabilidad de varios documentos, entre ellos de préstamo de dinero y de transferencia de inmueble de su propiedad con base en vicios del consentimiento contenidos en el art. 554 del CC, donde una característica de esa pretensión es la prescriptibilidad y su convalidación, pero la nulidad ahora cuestionada es una sanción mayor que se otorga a un negocio jurídico, procedente cuando falta uno de los requisitos esenciales especificados en el art. 549 CC