Auto Supremo AS/0242/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2020-RA

Fecha: 09-Mar-2020

Agregando que, no se existe fundamentación debida, en relación al recurrente con la “Personalidad del


Agregando que, no se existe fundamentación debida, en relación al recurrente con la “Personalidad del Imputado”, contradicción entre la parte “fundamentativa” y resolutiva de la Sentencia, que determina pena arbitraria y sin debida y coherente motivación; lo que constituye, tal cual afirma, defecto absoluto no susceptible de convalidación por falta de pronunciamiento, al ser obligación del Tribunal de alzada pronunciarse sobre todos los puntos impugnados, aspecto corroborado por el Auto Supremo 411 de 20 de octubre de 2006, en concordancia con el Auto Supremo 85/2013 de 26 de marzo; por lo que demostrada la concurrencia de defectos absolutos que vulneran al debido proceso y a la tutela judicial efectiva en observancia del Auto Supremo 679 de 17 de diciembre de 2010, solicita la corrección y con su resultado se anule el Auto de Vista recurrido