Auto Supremo AS/0242/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2020-RA

Fecha: 09-Mar-2020

No obstante, el Tribunal Supremo de Justicia ha establecido los parámetros requeridos, ante la concurrencia


No obstante, el Tribunal Supremo de Justicia ha establecido los parámetros requeridos, ante la concurrencia de fundamentos que guarden relación con la vulneración de derechos y garantías fundamentales, que estén vinculados a defectos absolutos, resultando posible aperturar su competencia para considerar la existencia o no de las vulneraciones que se reclaman como agravios sufridos por las partes en los tribunales de instancia; a cuyo mérito, dentro del presente caso de autos, el recurrente alega la vulneración del derecho y garantía constitucional del debido proceso en sus vertientes de debida fundamentación y obtención de respuesta del órgano jurisdiccional, en el que habría incurrido el Tribunal de alzada; de tal manera, conforme los criterios de flexibilización, se tiene que el recurrente identifica los aspectos del auto impugnado que considera vulneradores de derechos y garantías constitucionales (derecho al debido proceso en su componente derecho a la debida fundamentación), explicando en qué consistieron las omisiones y deficiencias en las que incurrió el Tribunal de apelación; así como el resultado dañoso emergente del defecto, (no emitió pronunciamiento sobre el agravio expresado en relación a la ausencia en obrados, de la resolución que debió resolver la excepción de prescripción que planteó, incumpliendo el art. 168 del CPP al no solicitarlo de oficio y omitiendo resolver cuestiones de previo y especial pronunciamiento), por lo cual es viable aperturar la competencia de este Tribunal de casación, en aplicación de los criterios de flexibilización, para ingresar al análisis de la problemática planteada en el presente motivo que deviene en admisible