Auto Supremo AS/0244/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0244/2020

Fecha: 20-Mar-2020

Resolución de primera instancia que fue recurrida en apelación por Graciela Ruth Maldonado Ballon y

VISTOS: El recurso de casación de fs. 348 a 351, interpuesto por Graciela Ruth Maldonado Ballón y Carlos Alberto Uriona Sandoval mediante su representante legal Iván Mauricio Aliaga Romero y de fs. 353 a 358 vta., planteado por Paola Alejandra Kahan Rivera, ambos contra el Auto de Vista N° S-286/2019 de 1 de julio cursante de fs. 344 a 346 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso ordinario de resolución de contrato seguido por Paola Alejandra Kahan Rivera contra Graciela Ruth Maldonado Ballon y Carlos Alberto Uriona Sandoval; la contestación de fs. 353 a 358 vta., y de fs. 361 a 362, el Auto de concesión de 2 de enero de 2020 cursante a fs. 363, y el Auto Supremo de Admisión Nº 91/2020-RA de 27 de enero cursante de fs. 368 a 369 vta., todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
Con base en el memorial de demanda de fs. 25 a 29 vta., Paola Alejandra Kahan Rivera inició un proceso ordinario sobre resolución de contrato dirigido contra Graciela Ruth Maldonado Ballon y Carlos Alberto Uriona Sandoval, quienes una vez citados, por memorial de fs. 39 a 42 vta., a través de su representante legal Iván Mauricio Aliaga Romero se apersonaron, contestaron negativamente y reconvinieron por daños y perjuicios; desarrollándose de esa manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 763/2016 de 11 de noviembre, cursante de fs. 242 a 250 vta., donde la Juez Público Civil y Comercial N° 5 del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró PROBADA la demanda sobre resolución de contrato e IMPROBADA la demanda reconvencional de pago de daños y perjuicios, sin costas por ser juicio doble.
Resolución de primera instancia que fue recurrida en apelación por Graciela Ruth Maldonado Ballon y Carlos Alberto Uriona Sandoval mediante su representante legal Iván Mauricio Aliaga Romero por memorial de fs. 254 a 258, que fue resuelto mediante Auto de Vista N° S-286/2019 de 1 de julio cursante de fs. 344 a 346 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que en su parte dispositiva REVOCÓ EN PARTE la Sentencia N° 763/2016 y auto complementario a fs. 252, de conformidad a lo dispuesto por el art. 218.II.3 del Código Procesal Civil; y declaró PROBADA EN PARTE la demanda e IMPROBADA la demanda reconvencional, disponiendo:
Resolver el contrato privado de compra y venta reconocido notarialmente el 12 de septiembre de 2013, sobre el departamento, parqueo y depósito situado en el edificio “Torres las Américas” y la Escritura Pública N° 197/2013 de 12 de septiembre