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    Auto Supremo AS/0245/2020-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0245/2020-RA

    Fecha: 09-Mar-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial de casación presentado el 31 de enero de 2020, cursante de fs
    • Por Sentencia 09/13 de 5 de marzo de 2013 (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, presentaron recursos de apelación restringida, el imputado Erwin Sánchez Freking (fs
    • Por diligencia de 10 de enero de 2020 (fs
    • Previa exposición de antecedentes procesales, el recurrente señala como motivos del recurso los siguientes
    • El Auto de Vista impugnado, en cuanto al segundo agravio de su recurso de apelación
    • Respecto al tercer agravio de su apelación restringida arguye que el Auto de Vista impugnado
    • Con relación al cuarto agravio de su recurso de apelación restringida, reclama que el Auto
    • Alega el recurrente que el Auto de Vista impugnado al resolver el quinto motivo de
    • Manifiesta que el Auto de Vista al pretender motivar el sexto agravio de su recurso
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
    • En el primer motivo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista al resolver el primer agravio
    • Al respecto, el recurrente invoca los Autos Supremos 210/2015-RRC de 27 de marzo y 396/2014-RRC
    • Sin embargo de lo anterior, en la fundamentación de este motivo, el recurrente denuncia la
    • En el segundo motivo, el recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado en relación
    • Sobre la problemática planteada, invoca los Autos Supremos 210/2015-RRC de 27 de marzo, 442 de
    • En el tercer, quinto y sexto motivo, el recurrente incurre en una contradicción; puesto que,
    • Por otra parte, si bien el recurrente en estos motivos alega la vulneración del derecho
    • En el cuarto motivo, igual que en los anteriores motivos, el recurrente incurre en una
    • Ahora bien, en el presente motivo el recurrente alega la vulneración del derecho al debido
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • FDO
    • Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca

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