Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0245/2020-RA
Fecha: 09-Mar-2020
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Por memorial de casación presentado el 31 de enero de 2020, cursante de fs
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Por Sentencia 09/13 de 5 de marzo de 2013 (fs
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Contra la mencionada Sentencia, presentaron recursos de apelación restringida, el imputado Erwin Sánchez Freking (fs
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Por diligencia de 10 de enero de 2020 (fs
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Previa exposición de antecedentes procesales, el recurrente señala como motivos del recurso los siguientes
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El Auto de Vista impugnado, en cuanto al segundo agravio de su recurso de apelación
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Respecto al tercer agravio de su apelación restringida arguye que el Auto de Vista impugnado
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Con relación al cuarto agravio de su recurso de apelación restringida, reclama que el Auto
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Alega el recurrente que el Auto de Vista impugnado al resolver el quinto motivo de
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Manifiesta que el Auto de Vista al pretender motivar el sexto agravio de su recurso
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El art
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En este contexto, el art
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Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
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ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
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Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
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iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
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El precepto legal contenido en el citado art
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Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
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Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
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Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
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En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
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En el primer motivo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista al resolver el primer agravio
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Al respecto, el recurrente invoca los Autos Supremos 210/2015-RRC de 27 de marzo y 396/2014-RRC
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Sin embargo de lo anterior, en la fundamentación de este motivo, el recurrente denuncia la
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En el segundo motivo, el recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado en relación
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Sobre la problemática planteada, invoca los Autos Supremos 210/2015-RRC de 27 de marzo, 442 de
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En el tercer, quinto y sexto motivo, el recurrente incurre en una contradicción; puesto que,
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Por otra parte, si bien el recurrente en estos motivos alega la vulneración del derecho
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En el cuarto motivo, igual que en los anteriores motivos, el recurrente incurre en una
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Ahora bien, en el presente motivo el recurrente alega la vulneración del derecho al debido
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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FDO
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Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
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