Auto Supremo AS/0245/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0245/2020-RA

Fecha: 09-Mar-2020

Manifiesta que el Auto de Vista al pretender motivar el sexto agravio de su recurso


Manifiesta que el Auto de Vista al pretender motivar el sexto agravio de su recurso de apelación restringida incurrió en falta de fundamentación, motivación e incongruencia omisiva; toda vez, que la Sentencia fue dictada contraviniendo el art. 370 inc. 5) del CPP; es decir, con una fundamentación insuficiente y contradictoria, puesto que los testigos de cargo Ezequiel, Luis, Newri, René y Luís Paniagua Banegas y Shirley Patricia Paniagua Lino, manifestaron que existió el préstamo de dinero de parte de Erwin Sánchez a favor de los hermanos Paniagua Banegas y que como forma de pago los mencionados hermanos decidieron ceder a favor del acreedor el bien inmueble de la Litis, encargando el trámite al hermano mayor Rubén Paniagua Banegas, entregándole para ello $us 4.200; asimismo, todos habrían manifestado que Erwin Sánchez Freking de buena fe se constituyó a firmar a la notaría una sola vez y que fue Rubén Paniagua Banegas quien contrató a una tercera persona para que firme por cuenta de Isabel Paniagua Banegas, lo que demuestra su inocencia en la elaboración y uso de documento tachado de falso, por lo que el Juez de Instancia debió aplicar el principio IN DUBIO PRO REO ante la duda razonable; sin embargo, injusta e indebidamente se lo condena, incurriendo en falta de fundamentación, vulnerando el art. 124 del CPP, con relación al art. 115 del CPE, de ello, señala que el Auto de Vista impugnado transgrede el debido proceso en sus componentes de falta de fundamentación, motivación e incongruencia omisiva, invocando los Autos Supremos 210/2015-RRC de 27 de marzo, 442 de 10 de septiembre de 2007, 60 de 30 de marzo de 2012, 368 de 5 de diciembre de 2012 y 368 de 5 de diciembre de 2012