Auto Supremo AS/0281/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0281/2020-RRC

Fecha: 18-Mar-2020

I.2. Admisión del recurso


Por los aspectos mencionados refiere que el Auto de Vista no se encuentra debidamente fundamentado siendo que su contenido es ultra petita porque los argumentos del Gobierno Municipal de Caranavi fueron otros y no los que analizaron, siendo las consideradas correspondientes al Ministerio Público; al respecto, invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 250/2012 de 17 de septiembre, del cual señala que emerge de que el Tribunal de alzada infringe lo previsto en el art. 398 del CPP cuando se pronuncia respecto de argumentos que no fueron apelados; lo cual, guardaría coherencia con lo dispuesto por el art 17 de la LOJ, transcribiendo al respecto la doctrina del referido precedente, para señalar que en el presente caso, el Auto de Vista consideró los argumentos del Ministerio Público pese a que su recurso fue declarado inadmisible, y no así los contenidos en la apelación restringida planteada por el acusador particular.

I.2. Admisión del recurso