Auto Supremo AS/0281/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0281/2020-RRC

Fecha: 18-Mar-2020

Previamente corresponde puntualizar que la fundamentación de las Resoluciones implica el deber de explicar y


Sintetizada la denuncia, se tiene que el recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado no se encuentra debidamente fundamentado siendo su contenido ultra petita, ya que, los argumentos de la H. Alcaldía Municipal de Caranavi fueron otros y no los analizados por el Tribunal de alzada que consideró los argumentos de la apelación restringida del Ministerio Público que fue declarada inadmisible.

Previamente corresponde puntualizar que la fundamentación de las Resoluciones implica el deber de explicar y justificar de forma lógica y con base en la Ley, las razones de la decisión asumida, ello en apego al principio de congruencia que obliga a establecer una correlación total entre la pretensión de quien recurre y la decisión de la autoridad jurisdiccional, lo que implica que los Tribunales de alzada al emitir sus Resoluciones, deben abocarse a responder a todos los puntos denunciados, en concordancia o coherencia a lo solicitado (principio tantum devolutum quantum apellatum); lo contrario, vulnera el debido proceso e incumpliría las exigencias de lo previsto por el art. 398 del CPP, en concordancia con lo previsto por el art. 17.II de la LOJ