Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0283/2020-RRC
Fecha: 20-Mar-2020
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Por memorial presentado el 26 de agosto de 2019, cursante de fs
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Por Sentencia 50/2018 de 19 de octubre (fs
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El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se ordene
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Mediante Auto Supremo 946/2019-RA de 15 de octubre, este Tribunal admitió el recurso de casación
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Por Sentencia 50/2018 de 19 de octubre, el Juzgado de Sentencia Penal Primero del Tribunal
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De acuerdo a la Doctrina, tanto Fernando Villamor Lucía, como Benjamín Miguel Harb, en sus
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Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Diego Armando Suárez Viana y el Ministerio Público,
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El Auto de Vista de 10 de junio del 2019, dictado por la Sala Penal y Administrativa
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Las pruebas introducidas legalmente a juicio, constituyen elementos de convicción que demuestran el grado de
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Además, que el Juez no valoró la prueba documental, basándose solamente en la declaración testifical
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Las pruebas MP-1, MP-2, MP-4 y MP-6, “prueba mal valorada” porque de acuerdo a normas
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En el caso presente, fue admitido el recurso de casación interpuesto por Adalberto Aradies Grande,
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III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
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Conforme lo dispuesto por los arts
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La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia contiene íntima y estrecha relación
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Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
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El recurrente invocó como precedente contradictorio, al Auto Supremo 152/2013-RRC de 31 de mayo, dictado
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Al respecto, se puede evidenciar del análisis del referido Auto Supremo que, la problemática procesal
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Ante ello, al haberse establecido que el precedente invocado no tiene situación de hecho similar
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Sin embargo, el recurrente invocó como precedente contradictorio, al Auto Supremo 438 de 15 de
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Asimismo, invocó como precedente contradictorio al Auto Supremo 384 de 26 de septiembre de 2005,
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De lo expuesto, se establece la existencia de una situación procesal análoga entre los hechos
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Previamente a ingresar al análisis de la temática de fondo, es importante dejar claramente establecido,
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La valoración de la prueba para Cafferata, resulta una operación intelectual destinada a establecer la
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En cuanto a la revalorización probatoria, este Tribunal Supremo de Justicia considera que, implica el
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Corresponde ahora, ingresar al análisis del motivo admitido para su resolución, en relación al reclamo
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Al respecto el recurrente, refiere que el Tribunal de apelación incurrió en dicha revalorización, por
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Sobre ello, de la revisión del Auto de Vista recurrido se advierte que, en el
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Asimismo, se advierte que el Tribunal de alzada en el penúltimo párrafo del inc
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De lo referido, se advierte que el Tribunal de alzada si bien sustenta su decisión,
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Por lo señalado, se concluye que el Tribunal de alzada al emitir el Auto de
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts
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Para fines del art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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FDO
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Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
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