Auto Supremo AS/0297/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0297/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

Con relación al inc


Con relación al inc. b) en el que se denuncia que el Auto Supremo 158/2016-RRC de 7 de marzo, establecería que ante la presentación del memorial de subsanación el Tribunal de alzada debe advertir el incumplimiento de las observaciones y dar aplicación a la última parte del art. 399 del CPP, lo contrario implicaría el trámite del recurso de apelación restringida; explicando el recurrente, que resulta contrario al Auto de Vista impugnado; puesto que, presentado su memorial de subsanación al recurso de apelación, el Tribunal de alzada por decreto de 16 de abril de 2019, dispuso la radicatoria del recurso, señalando audiencia de fundamentación, dando lugar a la prosecución del trámite del recurso dispuesto por los arts. 411 y 412 del CPP; empero, no resolvió el fondo de los puntos apelados, cabe dejar constancia que al resultar fundada la primera parte del motivo casacional dicha decisión generara la renovación del acto, en este caso la emisión de un nuevo Auto de Vista en el que se considere el cumplimiento de las observaciones realizadas mediante decreto de 9 de abril de 2019 con base a los lineamientos establecidos en el presente fallo, resultando innecesario el pronunciamiento respecto a este motivo