Auto Supremo AS/0297/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0297/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

En el recurso de casación planteado se denuncia que: a) El Auto de Vista impugnado

III. VERIFICACIÓN DE LA PROBABLE CONTRADICCIÓN ENTRE LOS PRECEDENTES INVOCADOS Y EL AUTO DE VISTA IPUGNADO
En el recurso de casación planteado se denuncia que: a) El Auto de Vista impugnado obró con exceso rigorismo de los requisitos de forma al rechazar por inadmisible su recurso de apelación restringida, incumpliendo lo previsto por el art. 124 del CPP y los principios pro homine y pro actione; siendo que en su memorial de subsanación hubiera cumplido a cabalidad con lo previsto por el art. 408 del CPP. Además, que el punto “VI.” de su recurso de apelación restringida, no fue observado; empero, fue declarado inadmisible, negándosele la posibilidad de subsanar las observaciones que pudieron existir en relación a dicho punto conforme dispone el art. 399 del CPP, incurriendo en contradicción con los precedentes invocados; y b) La resolución impugnada incurre en contradicción al precedente invocado, siendo que presentó su memorial de subsanación al recurso de apelación y el Tribunal de alzada por decreto de 16 de abril de 2019, dispuso la radicatoria del recurso, señalando audiencia de fundamentación, dando lugar a la prosecución del trámite dispuesto por los arts. 411 y 412 del CPP; empero, no resolvió el fondo de los puntos apelados. En consecuencia, corresponde resolver la problemática planteada