Auto Supremo AS/0365/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0365/2020

Fecha: 09-Mar-2020

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En consecuencia se debe tener en cuenta que mientras la finalidad de un recurso de casación en la forma es la nulidad de obrados, la finalidad de un recurso de casación en el fondo es totalmente distinta, siendo ambas resoluciones excluyentes, por un criterio lógico jurídico, de ahí que si se acredita que evidentemente las autoridades judiciales que emitieron la resolución judicial de primera instancia, incurrieron en errores in procedendo, no corresponde ingresar a analizar las infracciones acusadas en el recurso de casación en el fondo, por cuanto, se habrá dispuesto la nulidad de obrados, no siendo viable por lo tanto emitir ningún criterio, respecto de los errores in jundicando que hubieran sido acusado en el recurso de casación en el fondo.
II.2. Fundamentación y motivación de la presente decisión.
Explicadas las consideraciones previas, corresponde resolver en forma individual cada uno de los argumentos expuesto por ambos recurrente, en sus respectivos recursos de casación:
2.1. Respecto del recurso de casación, cursante de fs. 440 a 442, interpuesto por el representante de SETAR-Sub Sistema Villa Montes