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    Auto Supremo AS/0265/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0265/2020

    Fecha: 09-Jul-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Proceso: Usucapión quinquenal u ordinaria
    • Distrito: La Paz
    • CONSIDERANDO I
    • 2
    • La omisión de estos extremos, según los recurrentes, importa la vulneración del derecho a la
    • Denuncian que los vocales solo realizaron consideraciones intrascendentes y repitieron que el documento privado de
    • Sostienen que cumplieron con todos los requisitos que exige la usucapión quinquenal ya que demostraron
    • Con base en todo lo expuesto, solicitan que se case el Auto de Vista impugnado,
    • Respuesta al recurso de casación
    • Manifiestan que los argumentos de los recurrentes son reiterativos en sentido de pretender que se
    • Con esos argumentos contestan de forma negativa al recurso de la parte actora
    • CONSIDERANDO III
    • En ese entendido, el Tribunal de casación a momento de realizar el análisis sobre los
    • III.2. De la usucapión quinquenal
    • El Código Civil regula dos tipos de usucapión sobre bienes inmuebles: la usucapión ordinaria o
    • Sobre la usucapión ordinaria o quinquenal, el texto del art
    • Ahora bien, el  título idóneo o justo título, según el autor Guillermo Borda en su
    • Sobre esta temática, el Auto Supremo Nº 58/2015 de fecha 29 de enero señaló: “Se
    • Sobre el examen de los requisitos que hacen a la usucapión ordinaria, se debe hacer
    • Definido el justo título, se debe resaltar que para ser considerado tal debe reunir condiciones
    • En este contexto, la forma instrumental que recubre al justo título: Escritura Pública, entre otras,
    • Ahora bien, cuando se pretende acreditar el justo título con la presentación de un testimonio
    • Considerando también la buena fe como requisito de la usucapión quinquenal, se debe indicar que
    • Expuesta como está la doctrina aplicable al presente caso, corresponde expresar las siguientes consideraciones
    • Bajo ese panorama, tras una revisión de los fundamentos de la determinación de alzada contenida
    • Por consiguiente, en este caso no concurre incongruencia alguna, al contrario se tiene que el
    • En cuanto a los puntos 2), 3) y 4) de la casación, se tiene que
    • Sobre este planteamiento, cabe mencionar que el art
    • En ese entendido, se tiene que en el presente caso la controversia radica en establecer
    • Para ese efecto, resulta necesario exponer algunas consideraciones concernientes al justo título
    • De igual forma se observa que este contrato, además de no cumplir con el carácter
    • Con base en todas las consideraciones corresponde dictar resolución de acuerdo al mandato legal inmerso
    • Se regula honorarios profesionales para el abogado que responde al recurso de casación en la
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.

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