Auto Supremo AS/0265/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0265/2020

Fecha: 09-Jul-2020

2

2. Resolución de primera instancia que fue apelada por José Luis Colquehuanca Quispe y Alicia Chasqui de Colquehuanca mediante escrito cursante de fs. 318 a 319 vta., a cuyo efecto la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 616/2019 de 27 de septiembre, de fs. 342 a 344 vta., CONFIRMÓ la Sentencia mencionada, argumentando que el documento de 15 de junio de 2009 no constituye un documento idóneo o justo título para incoar la acción de usucapión quinquenal, ya que se trata de un documento privado con reconocimiento de firmas que no se encuentra registrado en la oficina correspondiente a efectos de la oponibilidad, lo que en consecuencia impide contabilizar el requisito del transcurso del tiempo (cinco años) para que opere la usucapión y así también corroborar el ánimus y el corpus. Además, de su lectura se constata que el negocio para el cual fue suscrito no fue perfeccionado, puesto que existen prestaciones pendientes de cumplimiento, por tanto, no cumple con los presupuestos para que opere la usucapión