Auto Supremo AS/0274/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0274/2020

Fecha: 27-Jul-2020

Además de lo señalado, debe recordarse que los derechos sociales son irrenunciables, siendo obligación del

Bajo tales antecedentes, se evidencia en obrados que el Tribunal de alzada, fundamentó y basó su fallo en función al análisis de la documentación presentada por el asegurado, sustentando además su resolución en lo prescrito por el DS. Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, arts. 13, 45-I, II y IV, 48 y 180-I de la CPE, estando debidamente fundamentada y motivada.
Además de lo señalado, debe recordarse que los derechos sociales son irrenunciables, siendo obligación del Estado defender el capital humano, protegiendo la salud de la población, asegurando la continuidad de sus medios de subsistencia, rehabilitación y mejorando las condiciones de vida del grupo familiar, cuyos regímenes de seguridad social se inspiran en los principios de universalidad, solidaridad, unidad de gestión económica, oportunidad y eficacia; principios plasmados en los arts. 35-I y 45-II y IV, de la CPE, garantizando el derecho a la jubilación con carácter universal solidario y equitativo