Auto Supremo AS/0274/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0274/2020

Fecha: 27-Jul-2020

En consideración a los argumentos expuestos por el recurrente y de acuerdo a la problemática

Admisión
Por Auto Supremo de 29 de noviembre de 2019 de fs. 193, este Tribunal admitió el recurso de casación, por lo que se pasa a resolver.
III. ANÁLISIS JURÍDICO LEGAL Y JURISPRUDENCIAL PERTINENTE.
En consideración a los argumentos expuestos por el recurrente y de acuerdo a la problemática planteada, se realiza una interpretación desde y conforme la Constitución Política del Estado, el bloque de constitucionalidad y las normas ordinarias aplicables al caso concreto; en ese marco, corresponden las siguientes consideraciones de orden legal:
El principio de verdad material previsto en el art. 180-I de la Constitución Política del Estado, ha sido desarrollado por el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 1662/2012 de 1 de octubre, entre otras, como: “…aquella verdad que corresponde a la realidad, superando cualquier limitación formal que restrinja o distorsione la percepción de los hechos a la persona encargada de juzgar a otro ser humano, o de definir sus derechos y obligaciones, dando lugar a una decisión injusta que no responda a los principios, valores y valores éticos consagrados en la Norma Suprema de nuestro país, a los que, todas las autoridades del Órgano Judicial y de otras instancias, se encuentran impelidos a dar aplicación, entre ellas, al principio de verdad material, por sobre la limitada verdad formal”; éste principio forma parte del bloque de constitucionalidad imperante y debe estar implícito en todos los ámbitos de la vida jurídica