Además, el entendimiento jurisprudencial desarrollado por Sala Plena de éste Tribunal en la Sentencia Nº
Además, el entendimiento jurisprudencial desarrollado por Sala Plena de éste Tribunal en la Sentencia Nº 238/2013 de 5 de julio, respecto al principio de verdad material, estableció que: “...el principio de verdad material, que rige en los procedimientos administrativos y las resoluciones que de ellas emanen, en la acción contencioso administrativa está regida también por el principio dispositivo, sin que ello signifique que las formas rituales no deban impedir aflorar la verdad, dado que ésta debe ser la columna vertebral de la decisión judicial. Esta verdad a momento de impartir justicia debe llegar mediante la decisión libre del accionante a través de una exposición clara de su demanda y pretensión; si llega mediante la utilización de un mecanismo autoritario-judicial, tanto la verdad como la igualdad resultan dañadas, y este daño sellaría la suerte de la justicia del caso, no siendo coherente y justo resolver así (…) dejaría al proceso judicial sin la ecuanimidad de uno de sus sujetos procesales imprescindibles, cual es el Juez como tercero o como árbitro mediador de una contienda”
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Resolución de la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR
- Iniciado el trámite de compensación de cotizaciones (CC) Procedimiento Manual por Urbano Limachi Limachi, la
- Auto de Vista
- Urbano Limachi Limachi, formuló recurso de apelación de fs
- El Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) representado por Karina Vanessa Oropeza Peña, formuló recurso
- Asimismo, refirió que el SENASIR basa sus actos en aplicación del art
- El Auto de Vista pretende que el SENASIR certifique aporte que no habría realizado el
- El Tribunal de Alzada aplicó indebidamente el art
- Por memorial de fs
- En consideración a los argumentos expuestos por el recurrente y de acuerdo a la problemática
- Además, el entendimiento jurisprudencial desarrollado por Sala Plena de éste Tribunal en la Sentencia Nº
- El derecho a la jubilación, como parte del derecho a la seguridad social, fue reconocido
- Además, el art
- El art
- Análisis del caso concreto
- El Servicio Nacional de Sistema de Reparto (SENASIR), impugna el Auto de Vista, alegando que
- Urbano Limachi Limachi, dentro del proceso de Compensación de Cotizaciones (CC) Procedimiento Manual, no figura
- Estos documentos, demuestran que el asegurado trabajó en la Empresa antes señalada, desde el 18
- El Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, tiene por objeto facilitar
- Asimismo, la Resolución Ministerial Nº 559 de 3 de octubre de 2005, cuyo objeto es
- Este Tribunal encuentra evidente que los aspectos antes mencionados no fueron tomados en cuenta por
- Además de lo señalado, debe recordarse que los derechos sociales son irrenunciables, siendo obligación del
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
