Auto Supremo AS/0274/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0274/2020

Fecha: 27-Jul-2020

Este Tribunal encuentra evidente que los aspectos antes mencionados no fueron tomados en cuenta por

Este Tribunal encuentra evidente que los aspectos antes mencionados no fueron tomados en cuenta por los representantes del SENASIR, al momento de emitir sus resoluciones, correspondiendo en el caso presente calificar a favor del solicitante los periodos efectivamente trabajados correspondiente desde 18 de junio de 1975 a 30 de julio de 1983, que fueron desconocidos por el SENASIR e íntegramente reparados por el Tribunal de Alzada, en base a una correcta y adecuada valoración de la prueba, conforme determina el art. 145 del CPC-2013, aplicable al caso de autos por la permisión del art. 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social (RCSS); concluyéndose que, deben tomarse en cuenta los periodos extrañados por el SENASIR; no pudiendo ir en contra de la normativa legal vigente, que a título de resguardar los intereses económicos del Estado Plurinacional de Bolivia (que en realidad se trata de dineros de los asegurados), procedan injustamente a no calificar de manera correcta la renta del asegurado que por Ley le corresponde, consecuentemente, no se advierte vulneración al art. 67-II de la CPE