Auto Supremo AS/0278/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0278/2020

Fecha: 13-Jul-2020

Razonamiento reiterado en el Auto Supremo N° 453/2014 de 21 de agosto, donde además se

Razonamiento reiterado en el Auto Supremo N° 453/2014 de 21 de agosto, donde además se señaló: “Por su parte nuestra legislación ha recogido dicho instituto en el art. 1319 de Código Civil, estableciéndose la existencia de ciertos requisitos que necesariamente deben cumplirse: 1) Identidad legal de las personas, entre la nueva demanda y la anteriormente resuelta. 2) Identidad de la cosa pedida es necesario que entre el primer proceso y el segundo tengan un mismo objeto, el objeto del proceso se suele definir como “el beneficio jurídico que en él se reclama”. Y por último 3) identidad de causa de pedir, la ley lo define como” el fundamento inmediato del derecho deducido en el juicio”, no debiendo confundirse con el objeto del pleito ya que en dos procesos puede pedirse el mismo objeto, pero por causas diferentes, la causa de pedir será el generador del mismo”