Auto Supremo AS/0307/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0307/2020

Fecha: 27-Jul-2020

Por mandato de la Resolución Ministerial (RM) Nº 283/2 de 13 de junio de 1962

Por mandato de la Resolución Ministerial (RM) Nº 283/2 de 13 de junio de 1962 los contratos a plazo fijo no podrán exceder de 1 año, aspecto que significa que habiéndose suscrito más de 3 contratos sucesivos con la demandante, esta RM ha sido vulnerada, siendo acreedora la trabajadora a la percepción de la indemnización por el tiempo trabajado conforme prevé el art. 2 y 4 del DL Nº 16187